• Intersección Rómulo Cuneo Vidal con Rufino Albarracin, Tacna

REGIÓN POLICIAL DE TACNA

La Policía Nacional del Perú detiene, sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito. Existe flagrancia cuando:
1) El agente es descubierto en la realización del hecho punible.
2) El agente acaba de cometer el hecho punible y es descubierto.
3) El agente ha huido y ha sido identificado durante o inmediatamente después de la perpetración del hecho punible, sea por el agraviado o por otra persona que haya presenciado el hecho, o por medio audiovisual, dispositivos o equipos con cuya tecnología haya registrado su imagen, y es encontrado dentro de las veinticuatro (24) horas de producido el hecho punible.
4) El agente es encontrado dentro de las veinticuatro (24) horas después de la perpetración del delito con efectos o instrumentos procedentes de aquel o que hubieren sido empleados para cometerlo o con señales en sí mismo o en su vestido que indiquen su probable autoría o participación en el hecho delictuoso.

DIRECTORIO POLICIA NACIONAL DEL PERÚ DEL DISTRITO JUDICIAL DE TACNA